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Marco regulatorio del sector hidrocarburos

El sector hidrocarburos en México abarca las actividades de exploración, extracción, procesamiento, transporte, refinación y comercialización de petróleo y gas. Estas actividades se desarrollan tanto en campos terrestres como en aguas someras y profundas del Golfo de México, y comprenden una infraestructura compleja que incluye pozos, plataformas, ductos, centros procesadores de gas, terminales de almacenamiento y refinerías. 

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En la fase de exploración y producción (E&P) se realizan actividades de perforación, extracción de crudo y gas, así como el manejo de gas asociado. Esta etapa concentra una parte importante de las emisiones del sector, especialmente aquellas relacionadas con quema en antorcha, venteo y emisiones fugitivas de metano. México cuenta con múltiples asignaciones y contratos distribuidos en distintas cuencas productivas, siendo el Golfo de México y las Cuencas del Sureste las regiones de mayor relevancia. 

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En la etapa de procesamiento y refinación, el crudo es transformado en combustibles y otros productos derivados. El país dispone de un sistema nacional de refinerías y Centros Procesadores de Gas (CPG), además de infraestructura de transporte por ductos y almacenamiento. Estas instalaciones también generan emisiones de gases de efecto invernadero, principalmente por combustión y pérdidas operativas de gas. 

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En términos institucionales, el sector está regulado por autoridades ambientales y energéticas, e integra tanto a empresas productivas del Estado como a operadores privados que desarrollan las actividades antes mencionadas.  

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México cuenta con instrumentos específicos para prevenir y controlar el metano del sector hidrocarburos. 

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Las Disposiciones administrativas de ASEA abarcan instalaciones de exploración y extracción; tratamiento, refinación y almacenamiento de petróleo; y procesamiento, compresión, licuefacción, transporte por ducto, almacenamiento y distribución de gas natural (ASEA, 2018). 

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  • Los regulados deben identificar y cuantificar fuentes, elaborar un Programa para la Prevención y el Control Integral de las Emisiones de Metano (PPCIEM), aplicar medidas de prevención y control y presentar reportes de cumplimiento conforme a las disposiciones. 

  • El reporte anual del PPCIEM debe acompañarse del dictamen de un tercero autorizado, en los términos y plazos regulatorios. 

 
Por otro lado, están las
Disposiciones Técnicas para el aprovechamiento del gas asociado. En ellas, se establecen programas de aprovechamiento y una meta anual de 98% para las actividades de extracción, con las excepciones y reglas previstas en el propio instrumento (CNH, 2016). 
 
La Ley General de Cambio Climático sustenta el inventario nacional y la política de mitigación; los resultados del OBMEM pueden complementar la vigilancia pública, pero no sustituyen la evaluación de la autoridad competente. 

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Para comunicar cumplimiento conviene distinguir tres niveles: obligación aplicable, evidencia entregada y desempeño ambiental observado. Presentar un documento no demuestra por sí solo que la reducción ocurrió; se requiere verificar su ejecución y contrastarla con mediciones.

 

Fuentes:

ASEA (2018). Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la prevención y el control integral de las emisiones de metano del sector hidrocarburos. Diario Oficial de la Federación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5543033&fecha=06/11/2018

CNH. (2016). Disposiciones técnicas para el aprovechamiento del gas natural asociado, en la exploración y extracción de hidrocarburos. Diario Oficial de la Federación. Disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5422286&fecha=07/01/2016

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